En base a una denuncia efectuada ante la Unidad de Investigaciones por responsables del INAU de Paysandú a mediados del mes de febrero del año 2021 por una situación sospechosa que según el relato de aquel momento involucraría a una adolescente que podría ser víctima de algún tipo de explotación sexual, comenzaron una serie de investigaciones por parte de la policía, que enteró del hecho a la fiscalía. Las actuaciones cumplidas dentro de lo que se denominó Operación ÁRTICO, lograron la recolección de diversos datos tecnológicos y averiguaciones pertinentes que al momento permitió la identificación de al menos 24 hombres y una mujer, y la incautación de diversos dispositivos móviles relacionados al hecho.
A través de la incautación de teléfonos celulares y la videovigilancia, entre otros elementos, se logra identificar a seis víctimas menores de edad (entre los 14 y 16 años), obteniéndose otros datos que llevaron a solicitar órdenes de actuación a la Fiscalía Letrada de Turno, mediante las cuales se logra la incautación de diferentes dispositivos móviles pertenecientes a hombres de entre 24 y 72 años, oriundos todos de Paysandú (ciudad y alrededores) así como también al de una mujer de 20 años vinculada al hecho.
Fue evidenciado que varios de los hombres antes referidos tenían contactos con dichas menores en esta ciudad, a sabiendas de su edad y que una de las adolescentes estaba en dependencias del INAU, quien en ocasiones sorteaba las custodias para realizar tales encuentros por dinero a cambio de sus servicios sexuales. En el caso de la mujer de 20 años se pudo comprobar su vínculo con las menores y la negociación de sustancias estupefacientes.
Como resultado de la investigación a partir del pasado martes se efectuaron por parte distintas unidades operativas de la Jefatura de Policía de Paysandú varios allanamientos y un total de 12 detenciones que fueron puestas a disposición del Juzgado Letrado en lo Penal del 4º turno con intervención de la Fiscalía de 1er turno, quien luego del los cortes de plazos respectivos la condena de las 12 personas, 11 de ellas con prisión efectiva y una con libertad vigilada.
Los detalles fueron brindados por el Jefe de Policía de Paysandú Eduar Álvez de Almeida y la fiscal Carolina Martínez.
El comunicado oficial detalla la condena de las 12 personas:
A.B.C.R. de 20 años de edad, como autora penalmente responsable de la comisión de UN DELITO DE NEGOCIACIÓN DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTE, condenándola a la pena de dos (2) años de penitenciaría.
A.A.D.G. de 37 años, R.I.DS.B. de 39 años y J.H.W.G de 25 años, como autores penalmente responsables de la comisión de REITERADOS DELITOS DE RETRIBUCIÓN O PROMESA DE RETRIBUCIÓN A PERSONAS MENORES DE EDAD O INCAPACES PARA QUE EJECUTEN ACTOS SEXUALES O ERÓTICOS DE CUALQUIER TIPO EN CONCURSO FORMAL CON REITERADOS DELITOS DE CONTACTO CON MENORES DE EDAD POR CUALQUIER MEDIO DE TECNOLOGÍA CON EL PROPÓSITO DE COMETER CUALQUIER DELITO CONTRA SU INTEGRIDAD SEXUAL, condenándolos a la pena de dos (2) años de penitenciaría.
E.G.M.A. de 24 años, J.F.S.DL. De 28 años y L.D.M.DLS. De 39 años como autores penalmente responsables de la comisión de REITERADOS DELITOS DE RETRIBUCIÓN O PROMESA DE RETRIBUCIÓN A PERSONAS MENORES DE EDAD O INCAPACES PARA QUE EJECUTEN ACTOS SEXUALES O ERÓTICOS DE CUALQUIER TIPO EN CONCURSO FORMAL CON REITERADOS DELITOS DE CONTACTO CON MENORES DE EDAD POR CUALQUIER MEDIO DE TECNOLOGÍA CON EL PROPÓSITO DE COMETER CUALQUIER DELITO CONTRA SU INTEGRIDAD SEXUAL, condenándolos a la pena de dos (2) años y dos (2) meses de penitenciaria.
A.D.R.C. de 48 años de edad, imputado y condenado por la comisión de REITERADOS DELITOS DE RETRIBUCIÓN O PROMESA DE RETRIBUCIÓN A PERSONAS MENORES DE EDAD O INCAPACES PARA QUE EJECUTEN ACTOS SEXUALES O ERÓTICOS DE CUALQUIER TIPO EN CONCURSO FORMAL CON REITERADOS DELITOS DE CONTACTO CON MENORES DE EDAD POR CUALQUIER MEDIO DE TECNOLOGÍA CON EL PROPÓSITO DE COMETER CUALQUIER DELITO CONTRA SU INTEGRIDAD SEXUAL, en calidad de autor, imponiéndole como pena: dos (2) años y diez (10) meses de penitenciaria, con descuento de la preventiva sufrida y demás prestaciones de rigor.
P.A.G.R. de 38 años de edad, imputado y condenado por la comisión de UN DELITO DE RETRIBUCIÓN O PROMESA DE RETRIBUCIÓN A PERSONAS MENORES DE EDAD O INCAPACES PARA QUE EJECUTEN ACTOS SEXUALES O ERÓTICOS DE CUALQUIER TIPO, a la pena de dos (2) años de penitenciaria
A los condenados A.A.D.G., E.G.M.A., A.D.R.C. J.F.S.DL. P.A.G.R. y L.D.M.DLS. se les impuso como penas accesorias: 1) la suspensión para el ejercicio de la patria potestad. Tutela, curatela, guarda o tenencia de niñas, niños o adolescentes o personas incapaces y la inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas y privadas en el área educativa, de la salud y todas aquellas que impliquen trato directo con niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia, por un plazo de diez años. 2) la obligación de brindar una reparación patrimonial a la víctima por un monto equivalente a doce ingresos mensuales del condenado. o en su defecto doce salarios mínimos, sin perjuicio del derecho de aquellas a seguir la vía procesal correspondiente para obtener la reparación integral del daño; 3) la inclusión del nombre de los condenados en el registro de agresores sexuales. (art. 104 ley 19889).
A.C.G.F. de 23 años de edad, imputado y condenado por la comisión de UN DELITO DE CONTACTO CON MENORES DE EDAD POR CUALQUIER MEDIO DE TECNOLOGÍA CON EL PROPÓSITO DE COMETER CUALQUIER DELITO CONTRA SU INTEGRIDAD SEXUAL EN REITERACIÓN REAL CON UN DELITO DE DIVULGACIÓN DE IMÁGENES O GRABACIONES DE CONTENIDO ÍNTIMO AGRAVADO, en calidad de autor, imponiéndole como pena: doce (12) meses de prisión, con descuento de la preventiva sufrida, la cual se cumplirá en régimen de libertad a prueba bajo las siguientes condiciones: 1-Residencia en un lugar determinado. 2-Sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la Oficina de Seguimiento de Libertad Asistida (OSLA). 3- Presentación semanal ante la Seccional Policial de su domicilio, sin plazo de permanencia. 4-Prestación de Trabajos comunitarios, a realizarse 2 veces por semana,2 horas diarias. 5-Obligación de permanecer en su domicilio en el horario comprendido entre la hora 22:00 y la hora 06:00.
La formalización de la investigación y posterior juicio abreviado respecto de D.F.M.G. de 41 años de edad, imputado y condenado por la comisión de REITERADOS DELITOS DE RETRIBUCIÓN O PROMESA DE RETRIBUCIÓN A PERSONAS MENORES DE EDAD O INCAPACES PARA QUE EJECUTEN ACTOS SEXUALES O ERÓTICOS DE CUALQUIER TIPO EN CONCURSO FORMAL CON REITERADOS DELITOS DE CONTACTO CON MENORES DE EDAD POR CUALQUIER MEDIO DE TECNOLOGÍA CON EL PROPÓSITO DE COMETER CUALQUIER DELITO CONTRA SU INTEGRIDAD SEXUAL, en calidad de autor, imponiéndole como pena: dos (2) años y seis (6) meses de penitenciaria. Se le impone como pena accesorias: 1) la suspensión para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o tenencia de niñas, niños o adolescentes o personas incapaces y la inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas y privadas en el área educativa, de la salud y todas aquellas que impliquen trato directo con niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia, por un plazo de diez años. 2) la obligación de brindar una reparación patrimonial a la víctima por un monto equivalente a doce ingresos mensuales del condenado, o en su defecto doce salarios mínimos, sin perjuicio del derecho de aquellas a seguir la vía procesal correspondiente para obtener la reparación integral del daño. 3) la inscripción del condenado en el registro de agresores sexuales (art. 104 ley 19889).
F.S.B.M de 28 años, imputado y condenado por la comisión de REITERADOS DELITOS DE CONTACTO CON MENORES DE EDAD POR CUALQUIER MEDIO DE TECNOLOGÍA CON EL PROPÓSITO DE COMETER CUALQUIER DELITO CONTRA SU INTEGRIDAD SEXUAL EN CONCURSO FORMAL CON UN DELITO DE ALMACENAMIENTO DE MATERIAL PORNOGRÁFICO EN QUE APAREZCA LA IMAGEN U OTRA FORMA DE REPRESENTACIÓN DE PERSONAS MENORES DE EDAD O PERSONAS INCAPACES, en calidad de autor, imponiéndole una pena de veintidós (22) meses de prisión, a cumplir de la siguiente manera: diez (10) meses de prisión efectiva, y los restantes doce (12) meses, se cumplirán en régimen de libertad a prueba bajo las siguientes condiciones: 1-Residencia en un lugar determinado. 2-Sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la OSLA. 3- Presentación semanal ante la Seccional Policial de su domicilio, sin plazo de permanencia. 4-Prestación de Trabajos comunitarios, a realizarse 2 veces por semana, 2 horas diarias durante 10 meses. 5-Obligación de permanecer en su domicilio en el horario comprendido entre la hora 22:00 y la hora 06:00. Se les impone a ambos, como pena accesorias: 1) la suspensión para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o tenencia de niñas, niños o adolescentes o personas incapaces y la inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas y privadas en el área educativa, de la salud y todas aquellas que impliquen trato directo con niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia, por un plazo de diez años. 2) la obligación de brindar una reparación patrimonial a la víctima por un monto equivalente a doce ingresos mensuales del condenado, o en su defecto doce salarios mínimos, sin perjuicio del derecho de aquellas a seguir la vía procesal correspondiente para obtener la reparación integral del daño; 3) la inclusión del nombre de los condenados en el registro de agresores sexuales (art. 104 ley 19889).
En base a comunicado oficial de Jefatura de Policía de Paysandú